La protesta por la que optaron los jugadores de Veracruz, que no disputaron el balón durante cuatro minutos, sí está contemplada por el Reglamento de Competencias de la FMF, el cual habla de acciones antideportivas o de rebeldía.
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El Artículo 65 expresa lo siguiente: "Cuando un partido sea suspendido por falta de garantías, motivado por actitud antideportiva, rebeldía o cualquier situación ocasionada por Jugadores, Cuerpo Técnico o Directivos de algún Club, y el hecho se encuentre reportado en el Informe Arbitral y en el informe del Comisario, la Comisión Disciplinaria realizará la investigación correspondiente y aplicará, en su caso, las sanciones a que se hayan hecho acreedores los infractores, además de que el Club al que pertenecen perderá el partido por 3-0 y, en lo relacionado a los goles anotados, se estará sujeto a lo dispuesto en el artículo 49 de este Reglamento".
De esta forma, el árbitro Fernándo Hernández tenía la facultad de suspender el partido en caso de que Veracruz continuara con su actitud de no disputar el balón.
Cabe señalar que, aunque el partido continúo, los reclamos de los jugadores de Veracruz no se hicieron esperar, sobre todo hacia Eduardo Vargas y Gignac, quienes aprovecharon la potesta para marcar un gol.