La Secretaría de Seguridad Ciudadana de la Ciudad de México ha reiterado a los conductores la relevancia de adherirse al Reglamento de Tránsito en lo que respecta al uso de accesorios en los vehículos. Se ha advertido que el incumplimiento de dichas disposiciones puede conllevar sanciones económicas que oscilan entre 1,131 y 5,657 pesos, dependiendo de la infracción cometida.
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Accesorios y modificaciones sancionadas:
Portaplacas que obstruyan la visibilidad: Se prohíbe el uso de portaplacas que impidan la correcta lectura de los números o la identificación de las placas. Las sanciones por esta infracción oscilan entre 1,131.40 y 2,262.80 pesos.
El oscurecimiento de los vidrios laterales y traseros está limitado al 20%, a menos que haya una justificación médica. Superar este límite puede acarrear sanciones de entre 2,262.80 y 3,394.20 pesos.
La instalación de luces LED o faros deslumbrantes no regulados está penalizada con multas que oscilan entre 1,131.40 y 2,262.80 pesos.
El uso de sistemas antirradares o detectores de velocidad está prohibido y puede resultar en multas de hasta 5,657 pesos.

Las modificaciones en el escape para aumentar el ruido del motor pueden costar entre 2,262.80 y 3,394.20 pesos.
El uso de bocinas o claxons alterados y neumáticos metálicos o bandas de oruga está sancionado con multas que oscilan entre 2,262.80 y 3,394.20 pesos, debido a su potencial para causar molestias o daños en la superficie de rodadura.
Las autoridades enfatizan que las regulaciones buscan garantizar la seguridad vial, facilitar la identificación de vehículos y controlar la contaminación auditiva.

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