La Comisión Ambiental de la Megalópolis reportó altas concentraciones de ozono en tres estaciones de monitoreo ubicadas en Atizapán, Cuautitlán y Villa de las Flores, en el Estado de México. Las concentraciones máximas registradas fueron de 162, 161 y 155 ppb.
Fase 1 de contingencia ambiental
Debido a la influencia de un sistema anticiclónico sobre las costas de Guerrero y Oaxaca, se han registrado temperaturas elevadas en el Valle de México, escaso transporte de humedad, cielo despejado e intensa radiación solar, lo que ha propiciado la formación y acumulación de ozono. Ante esta situación, la Comisión Ambiental de la Megalópolis ha activado la Fase 1 de Contingencia Ambiental por Ozono con el fin de proteger la salud de la población y reducir la generación de contaminantes.
Recomendaciones
Se recomienda evitar actividades al aire libre y suspender eventos entre las 13:00 y 19:00 horas, así como posponer actividades deportivas, culturales y espectáculos masivos en ese horario. También se aconseja no fumar en espacios cerrados.
El domingo 24 de marzo, se debe suspender la circulación de vehículos
Se aplican restricciones a la circulación de vehículos particulares con holograma de verificación 2, holograma de verificación 1 con ciertos dígitos numéricos, holograma de verificación 00 y 0 con engomado amarillo y terminación de placa 5 y 6. También se restringe la circulación del 50% de las unidades de reparto de gas L.P. sin válvula de desconexión seca y terminación de matrícula PAR. Los vehículos de carga local o federal no pueden circular entre las 6:00 y las 10:00 horas, a menos que estén en el Programa de Autorregulación. Los taxis con holograma de verificación 00, 0, 1 o 2 también tienen restricciones de circulación de 10:00 a 22:00 horas.
Excepciones
Los vehículos eléctricos e híbridos, así como aquellos con matrícula ecológica u holograma tipo exento, pueden circular sin restricciones. Los taxis pueden circular en horario restringido para apoyar la movilidad de la población. Vehículos de emergencia, transporte escolar, cortejos fúnebres, personas con discapacidad, transporte de residuos y materiales peligrosos, y vehículos de servicio público pueden circular si cumplen con las especificaciones de verificación vigentes. Las motocicletas están exentas de restricciones.
Multa por no respetar restricciones circulares
La multa por circular en días restringidos es de 20 a 30 UMA, equivalentes a entre 2,171.40 y 3,257.10 pesos. Estas sanciones buscan reducir la circulación vehicular en periodos de contingencia para proteger la salud pública.