El uso de portaplacas se ha vuelto tendencia en las últimas semanas; sin embargo, no es el único accesorio que deberías evitar poner en tu automóvil si no quieres recibir una multa de tránsito en la Ciudad de México.
DFP tag: DN_Intext_Center_BTF_1
+
Para muchos automovilistas, las sanciones por llevar portaplacas son injustas, ya que este accesorio no es meramente decorativo, sino que también protege las matrículas de posibles intentos de robo, además de no impedir la visibilidad de los números y letras que conforman la placa.

Con base en el Artículo 43 del Reglamento de Tránsito de la CDMX, fracción tercera, está prohibida la instalación de luces de neón y/o portaplacas que obstruyan la visibilidad de la información contenida en las placas de circulación, así como el uso de micas, láminas transparentes u oscuras sobre las mismas.

Sin embargo, los portaplacas no son el único accesorio que se recomienda evitar para garantizar la seguridad vial de quienes comparten el espacio público.
Otros accesorios prohibidos en el Reglamento de Tránsito de la Ciudad de México son:
Ruedas o neumáticos metálicos u otros mecanismos de tracción que dañen la superficie de rodadura.
Faros deslumbrantes que pongan en riesgo la seguridad de conductores o peatones.
Sistemas antirradares.
Modificaciones al sistema de escape de gases del vehículo con el fin de provocar ruido excesivo.
Bocinas (claxon) que produzcan ruido excesivo.
Películas de control solar (polarizado) u oscurecimiento de vidrios laterales o traseros en un porcentaje mayor al 20 %.

La multa por el uso de portaplacas en la Ciudad de México va de los 1,131 a los 2,262 pesos. Mientras que la sanción más alta por la instalación de ciertos accesorios en un automóvil corresponde a los detectores de radares de velocidad, con un monto de hasta 12,600 pesos.