El pasado 24 de diciembre en el Diario Oficial de la Federación se publicaron varios cambios dentro de la Ley Federal del Trabajo para brindar seguridad social a repartidores y conductores de plataformas digitales.
Con estos cambios, las personas tendrán derechos laborales como cualquier otro trabajador y así tener acceso a los servicios del IMSS, podrán tener reparto de utilidades y hasta serían indemnizados.
¿Deberán trabajar 8 horas diarias?
En el caso de los repartidores de aplicaciones, ellos podrían poner sus horarios de trabajo y no se les estaría exigiendo un mínimo de 8 horas al día, ya que las nuevas disposiciones indican que tendrán que ser seis por seis días hábiles.
Para poder recibir las utilidades, deberán trabajar en su empresa con un horario superior a las 288 horas al año y el derecho a la indemnización será equivalente a tres meses de salario y 20 días de salario para cada año de servicio.
¿Cuándo entra en vigor reforma para repartidores de apps?
El decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación entrará en vigor dentro de 180 días, es decir, a partir del 22 de junio de 2025 y luego el IMSS tendrá 5 días para establecer las reglas para la prueba piloto para el aseguramiento de los trabajadores de aplicaciones.
En México se tienen registrados 658 mil repartidores de diferentes aplicaciones digitales, ya sean nacionales o internacionales.
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