La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inválido el artículo 196 del Código Penal de Coahuila que establecía pena de prisión a la mujer que voluntariamente se practicara un aborto, ya que vulnera su derecho a decidir.
Además, la SCJN resolvió, por unanimidad de 10 votos, que es inconstitucional criminalizar el aborto de manera absoluta y se pronunució por primera vez a favor de garantizar el derecho de las mujeres a decidir sin enfrentar consecuencias penales.
Con esta medida, se obliga a todos los jueces federales y locales a considerar que son incosntitucionales las normas penales en las 32 entidades federativas que criminalicen el aborto de manera absoluta.
El Ministro Presidente de la SCJN destacó que se trata de una desición histórica en la lucha por los derechos y libertadres de las mujeres en México.