El Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha comunicado la adopción de medidas significativas en la Resolución Miscelánea Fiscal para el año 2025, subrayando modificaciones en la implementación del Buzón Tributario, así como en otras normativas fiscales de relevancia.
SAT aplaza la activación del buzón tributario
El inicio de las sanciones por la falta de activación del Buzón Tributario, que estaba previsto para enero de 2025, ha sido pospuesto hasta enero de 2026. Esta prórroga, conforme a la regla 3.13.32 de la Resolución Miscelánea Fiscal 2025, concede un año adicional a los contribuyentes, en particular a aquellos que se encuentran en el Régimen Simplificado de Confianza (Resico), con el objetivo de facilitar el cumplimiento de sus obligaciones fiscales y promover el uso de esta herramienta electrónica.
#ComunicadoSAT
El SAT informa a las y los contribuyentes que tienen hasta el 31 de diciembre de 2025 para habilitar el Buzón Tributario. Incumplir con esta obligación fiscal después de esa fecha será motivo de infracción.
El Buzón Tributario es un canal de comunicación, cuyo… pic.twitter.com/HQAqoUe5Pi— SATMX (@SATMX) December 30, 2024
A partir de 2025, los contribuyentes del Resico podrán solicitar la devolución del IVA a través del Formato Electrónico de Devoluciones (FED) para facilitar los trámites fiscales. Además, el SAT ha confirmado que las tarifas del Impuesto Sobre la Renta (ISR) se mantendrán sin cambios respecto a 2024, con un rango del 1.92% al 35%, lo cual es importante para el cálculo de impuestos y el cumplimiento fiscal.
¿Cómo activar tu Buzón Tributario?
Acceda al portal del Servicio de Administración Tributaria (SAT). Localice la opción "Buzón Tributario".
Proceda a autenticarse utilizando su Contraseña o e.firma.
Configure sus datos proporcionando uno o más correos electrónicos y un número de teléfono celular.
Confirme la información ingresada, verifique los datos y seleccione la opción "Continuar".
Imprima su acuse, el cual servirá como comprobante de registro.
Finalmente, asegúrese de validar su correo electrónico y número de celular dentro de un plazo de 72 horas para evitar la cancelación del trámite.
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