La Cámara de Diputados de México aprobó este miércoles la legislación que regula el consumo, cultivo y comercio de marihuana con fines recreativos en todo el territorio, la cual tendrá que ser ratificada por el Senado antes del 30 de abril.
Con 316 votos a favor, 129 en contra y 23 abstenciones, la cámara baja avaló la Ley Federal para la Regulación del Cannabis y las reformas de la Ley General de Salud y del Código Penal.
Esta legislación obedece a un mandato de la Suprema Corte de Justicia, que en 2018 declaró inconstitucional la prohibición del consumo lúdico de cannabis y que estableció el próximo 30 de abril como plazo máximo para su regulación.
Aunque el Senado ya aprobó la iniciativa en noviembre del año pasado, deberá ratificar ahora las modificaciones hechas por la Cámara de Diputados antes de que el presidente Andrés Manuel López Obrador promulgue la ley.
¿QUÉ PERMITE Y QUÉ PROHÍBE LA LEY DE CONSUMO LÚDICO DE MARIHUANA EN MÉXICO?
La legislación autoriza el consumo de marihuana con fines recreativos a personas mayores de edad. Prohíbe fumar frente a menores, así como consumir marihuana en escuelas, puestos de trabajo y en todos aquellos espacios donde no se permita fumar tabaco, como los restaurantes.
Tampoco se permite afectar con el humo a terceros, con lo que a la práctica solo se podrá fumar en casa o en asociaciones de cannabis.
POSESIÓN MÁXIMA
Las reformas amplían la cantidad de marihuana que se puede poseer sin incurrir en un delito, de los cinco gramos actuales hasta los 28 gramos, equivalente a unos 28 cigarros. En caso de portar entre 28 y 200 gramos, se contemplan multas máximas de 10 mil 754 pesos (unos 512 dólares), mientras que portar más de 200 gramos conlleva penas de prisión.
Estas penas pueden llegar a los 15 años en caso de superar los 5.6 kilos de marihuana.
CULTIVO EN CASA
Se establecen permisos para que una persona pueda cultivar en el interior de su vivienda seis plantas de cannabis para consumo personal con fines lúdicos. En caso de que en la residencia viva más de un consumidor de marihuana se podrá cultivar un máximo de ocho plantas, las cuales no pueden salir del domicilio.
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