El Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha emitido un recordatorio a las personas físicas y morales que obtuvieron ingresos durante el año fiscal correspondiente de su obligación de realizar su declaración anual de manera obligatoria. Este trámite tiene como finalidad reportar los ingresos obtenidos durante el año y efectuar el pago de los impuestos correspondientes.
El SAT, en calidad de organismo encargado de verificar que los contribuyentes cumplan con sus obligaciones fiscales, ha señalado que aquellos que incumplen pueden enfrentar sanciones en forma de multas e incluso procesos legales por evasión fiscal.
Cabe destacar que la fecha límite para la presentación de la declaración anual de impuestos para personas morales se ha extendido hasta el próximo 3 de abril, luego de la prórroga otorgada, debido a que el Código Fiscal de la Federación (CFF) establece que si la fecha límite cae en un día festivo o en un día en que la oficina de impuestos está cerrada, la fecha se extenderá al siguiente día hábil.
Aunque se ha otorgado una prórroga, es importante destacar que es recomendable no esperar hasta el último momento para cumplir con las obligaciones fiscales, ya que cualquier problema técnico o interrupciones con el portal de internet del SAT pueden retrasar el proceso y dar lugar a posibles multas o sanciones.