Adrián Marcelo es sancionado por violencia contra Mariana Rodríguez ¡Te contamos los detalles!

Adrián Marcelo es sancionado por violencia contra Mariana Rodríguez ¡Te contamos los detalles!

La esposa de Samuel García denunció al influencer por que hizo unas declaraciones en su contra.
La esposa de Samuel García denunció al youtuber por que hizo unas declaraciones en su contra. | Redes Sociales
El Tribunal Estatal Electoral de Nuevo León afirma que el influncer debe ser amonestado públicamente
2024-10-25 | Jorge Reyes Padrón | Twitter: @elotroyorch
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El Tribunal Estatal Electoral de Nuevo León (TEE) dio a conoce que Adrián Marcelo recibirá una sanción por violencia política en razón de género en contra de Mariana Rodríguez, esposa del gobernador Samuel García.

Cabe recordar que la excandidata de Movimiento Ciudadano para la alcaldía de Monterrey presentó una denuncia contra el youtuber a principios de septiembre por los comentarios hacía ella en plena contienda electoral y donde también se involucra al ahora alcalde de Monterrey, Adrián de la Garza, de la Coalición Fuerza y Corazón X Nuevo León, conformada por el PRI, PAN y PRD.

Mariana Rodríguez denunció a Adrián Marcelo ante el Tribuna Electoral de NL.

Dictan infracción de violencia política

La resolución del TEE indicó que el influencer realizó en su canal de YouTube comentarios que afectan la dignidad de las mujeres y en especial de la denunciante.

“En la sentencia se declaró la existencia de la infracción de violencia política en razón de género realizada por Adrián Marcelo Moreno Olvera por las frases emitidas durante la entrevista que se analiza, ya que las mismas contienen estereotipos de género que provocan un efecto diferenciado en perjuicio de las mujeres, sus capacidades, habilidades y su dignidad humana y, en el caso específico, en contra de la C. Mariana Rodríguez Cantú”, exponen.

Adrián Marcelo recibirá una amonestación pública.

Adrián Marcelo recibe amonestación pública

El Tribunal dejó en claro que el participante de ‘La Casa de los Famosos’ realizó declaraciones grotescas y de micromachismo contra Mariana Rodríguez, por lo que recibirá una amonestación pública.

“Asimismo, el Tribunal consideró que, si bien las expresiones vertidas por el referido denunciado, pueden calificarse como lascivas, grotescas y que incluyen micromachismos, también es cierto que dichas expresiones fueron realizadas por el denunciado durante un ejercicio de periodismo, por lo que existe una presunción de licitud de dicha actividad periodística, por lo que se impuso una sanción de Amonestación Pública en contra de Adrián Marcelo Moreno Olvera, así como las medidas de reparación que se contienen en la sentencia”, indicó.

El influencer recibirá solo una llamada de atención por sus comentarios.

¿Qué es una amonestación pública?

La amonestación pública que Tribunal Estatal Electoral de Nuevo León le puso a Adrián Marcelo es más que nada una corrección disciplinaria que hace que vea que sus actos pueden tener una consecuencia.

Esto dice la Contraloría de la CDMX:

  • Amonestación privada o pública.- Es una corrección disciplinaria que tiene por objeto mantener el orden, la disciplina y el buen funcionamiento en el servicio público, consistente en la advertencia que se hace al servidor público, haciéndosele ver las consecuencias de la falta que cometió, mediante la cual se pretende encauzar la conducta del servidor público en el correcto desempeño de sus funciones, exhortándolo a la enmienda y conminándolo con que se le impondrá una sanción mayor si reincidiere, que a diferencia del apercibimiento, ya no es una simple llamada de atención, pues su objeto es prevenir la posible comisión de un ilícito
  • La Ley señala que tanto el apercibimiento y la amonestación pueden ser privado o público, entendiéndose por privado el apercibimiento o amonestación que realiza la autoridad en forma verbal, quedando únicamente constancia documental de su imposición por considerarlo conveniente en el expediente del servidor público sancionado, en virtud de la escasa importancia del asunto, en tanto que será público, cuando la autoridad que estima la responsabilidad incurrida amerita que el apercibimiento o la amonestación deban quedar por escrito e integrados al expediente que corresponda debiendo hacer las publicaciones en el área; esto es, con la finalidad de que la sanción quede inscrita en el registro a que alude el artículo 68 de la Ley de la materia.

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