Pero NO hay que confundirse, NO todos los accidentes pueden ser juzgados en el mismo tenor, unas fueron producto de la imprudencia, la impericia, un accidente como la palabra lo define. Otros tienen agravantes muy severos porque involucran alcohol y volante.
GONZALO FARFÁN
El fino volante Gonzalo Farfán en 1997 vivió una situación similar, pero con diferente penalidad. El zurdo atropelló a tres personas, donde murieron dos, pasando de la prisión preventiva y salió libre bajo fianza al hacer la reparación del daño. También continuó con su carrera deportiva como entrenador.
RAMÓN RAMÍREZ
En el año 2000, mientras conducía junto con su esposa Leticia Natalia y su pequeña hija Natalia rumbo al aeropuerto de Guadalajara para tomar el avión rumbo a Monterrey para presentarse con los Tigres, tuvo un accidente donde hubo cuatro muertos. Fue acusado de homicidio imprudencial, y liberado con el pago de una fianza.
ISAAC TERRAZAS
En el 2003, fue el defensor que jugaba para el Veracruz quien atropelló a dos menores de edad que viajaban en una bicicleta. Uno de ellos perdió la vida. El jugador fue acusado de homicidio imprudencial, liberado con el pago de una fianza. El seguro pagó la reparación del daño.
Reitero, la lista es muy grande, lo cierto es que la ventaja o desventaja de todos estos personajes es que los hechos sucedieron en una época donde NO existían las redes sociales. Informarse dependía de los diarios, las televisoras, con los sesgos de información que todos conocemos. Es decir, supimos solamente de lo que quisieron que nos enteráramos.
ENTRE LO LEGAL Y LO JUSTO
Viene entonces una polémica que será eterna; la famosa reparación del daño. ¿Se puede poner precio a una vida humana? ¿Cuánto vale que un hermano, un padre, un hijo pierda la vida? No hay valor económico que pueda pagar el sufrimiento. Lamentablemente, en la vida real, en las leyes la vida de un ser humano tiene un precio y eso se integra en el llamado 'reparación del daño'. Nos guste o no, justo o no, es lo que legalmente existe más allá de los debates.
Lamentablemente llegaremos a una máxima; “Ni todo lo que es legal, es justo. Ni todo lo que es justo es legal” y en este debate sin salida se enfrascan el tema que hoy nos ocupa.
El tema de la procuración de justicia y la pésima legislación que existe sobre el hecho es abominable. Increíblemente el homicidio culposo NO está considerado como delito grave en el catálogo de delitos del código de procedimientos penales del país.
ABERRANTE LEGISLACIÓN
Le pongo un ejemplo cruel; Si 'Pedro' en un restaurante mata a tiros a su esposa y su cuñado, sería considerado un doble homicidio, un delito grave. Por tanto, a 'Pedro' se la dará una condena de 20 años de prisión por matar a su esposa y otros 20 años por su cuñado, en total 40.
En el caso de Maleck es muy diferente, pues a pesar de las agravantes de ir manejando alcoholizado y en exceso de velocidad, lo que provocó la muerte de DOS personas, aún así NO es considerado un delito grave y será sentenciado por UNA sola muerte, no de dos. Si hubieran ido cuatro o cinco personas y todas hubieran muerto, sería exactamente lo mismo. Solo se considera UN EVENTO.
Es tan aberrante como real. En las mismas condiciones, con la legislación actual, da lo mismo provocar la muerte de UNA persona que de 10. Lo juzgarán cómo delito no grave, como homicidio culposo, solo estará obligado a pagar una pena y la 'reparación del daño' de nueve. Es decir, se puede pagar por nueve difuntos o más. Y si los 'paga', puede salir con una fianza, incluso sin pisar la cárcel.
PUDO SIEMPRE QUEDAR LIBRE
¿Sabe por qué increíble razón Malek permanece aún en la cárcel y no quedó libre horas después del doble homicidio? Porque NO pudo comprobar que vivía en Guadalajara. El jugador estaba jugando a préstamo en un club español, su carta y contrato le pertenecían al Club Santos, de Torreón, además posee tres nacionalidades. Como Joao NO tenía un domicilio legal en la ciudad o en el Estado de Jalisco, el juez consideró que podía darse a la fuga. De haber podido acreditar su residencia, bien podría haber seguido su proceso en libertad, presentándose a firmar, a las audiencias, y garantizando la 'reparación del daño'. Legalmente tendría ese derecho. ¡Qué chingonas leyes tenemos! ¿no?
JUECES SEÑALADOS
Por si esto fuera poco el tribunal de enjuiciamiento que sentenció a Joao Maleck, está compuesto de tres jueces con antecedentes funestos en casos de impartición de justicia. De entrada, cuando nombraron a la tercia, uno de ellos Juan Pablo Dávalos, fue removido horas después del nombramiento ¿Los motivos?; Tenía acusaciones de corrupción por favorecer a la empresa Sello Rojo.
En el lugar de este juez, ingresó la jueza Eréndira Mercado Alcantar, quien fue severamente repudiada en los medios locales por haber enviado a prisión solo seis meses a una maestra que había abusado sexualmente de un menor con síndrome de Down.
Otro de los jueces que llevó el caso de Maleck, Felipe de Jesús Rivera Gallegos, NO canta mal las rancheras en cuanto a críticas por sentencias en casos sensibles. Por lo menos fue así cuando ordenó liberar a un joven acusado de violar a una menor de edad en Tequila, Jalisco. El acusado, reconoció los hechos, pero el juez ordenó que se le debía liberar, argumentando que no se le habían leído sus derechos a la hora de ejecutar la orden de aprehensión en su contra. La familia de la víctima lo acusó de influyentismo y corrupción en varios medios.
DESECHAN PRUEBAS OFICIALES
Por decirlo de manera elegante, la tercia de jueces de Maleck NO goza de una buena reputación entre los medios locales. Por eso a algunos especialistas NO les extrañó que el otro juez del caso José Luis Álvarez Pulido, al leer la sentencia, hubiera desechado la prueba que presentó la defensa de la joven María Fernanda, fallecida en el accidente. La defensa presentó ante esta tercia de jueces la constancia oficial del IMSS en las que aparece la huella digital codificada, así como el sello DIGITAL de la misma institución, que serviría como prueba documental de sus ingresos.
¿Saben que argumentó el juez para NO aceptar esta evidencia oficial? Que tener el sello digital de hacienda, la huella digital codificada, no generaba convicción de la autenticidad, porque NO lo entregó la autoridad o su jefa inmediata. En pocas palabras este juez le dijo al IMSS, al SAT, que sus sellos digitales valen para dos cosas. ¿Así o más viciado el tema legal?
Lo que parecía imposible de probar para muchos, dadas las muchas deficiencias y manipulación de las pruebas como fue hacer una prueba de alcoholemia hasta cinco horas después del evento, el retiro de las evidencias, la defensa encabezada por el abogado José de Jesús López Lucano, pudo probar de manera fehaciente y documental que Joao Maleck manejaba con más de 150 miligramos de alcohol y que el auto iba a exceso de velocidad, lo que habían desechado en un inicio del proceso.
LA EDAD LE AYUDÓ
Para reducir la pena al joven futbolista lo ayudó la edad. El delito lo cometió antes de tener 20 años, aunque para probarlo se hizo a destiempo con una copia simple y no un acta certificada como requiere la ley, y lo cual fue aceptado por esta tercia de jueces. También influyó que fuera su primer delito, el que no tuviera antecedentes penales y alegando un buen comportamiento en el tiempo que ha estado recluido.
Nos guste o no, la pena por este delito está tipificada en un mínimo de cuatro años y un máximo de 10. A Maleck lo sentenciaron a cinco años seis meses, pero le disminuyeron un tercio de la pena al ser menor de 20 años, lo cual, según la legislación del juez quedaba a criterio del juez y NO era necesariamente obligatoria. Al final hubo reducción y quedó en solo tres años, ocho meses.
Esta situación alteró mucho a la familia de la joven fallecida, que emitió una carta pública brutalmente fuerte que decía entre otras cosas; "Quedarás marcado como un asesino, vas a seguir jugando a la pelotita como si nada hubiera pasado".
INFLUENCIAS Y LEYES
La sentencia de Maleck será apelada. La apelación será presentada la próxima semana; ¿Qué pretenden? "En primera instancia que la pena sea mayor a la que decretaron. Si bien es cierto sabíamos que era difícil que se aplicara la pena máxima de 10 años, esperábamos algo más digno, más justo, más ético, más apegado a un sentido de justicia para las víctimas. La reparación del daño es un tema menor, al cual también al menos otra más de las partes, también lo apelará”, me aseguró el abogado de la familia.
De esta historia hay muchos capítulos obscuros por escribir. En una próxima entrega hablaremos de la investigación puntual y seguimiento del caso que ha hecho de manera extraordinaria nuestra colega Elsa Martha Gutiérrez. También del factor que jugó o no en la decisión de la magistrada Rosario González Jiménez, madre del abogado Alberto García González, defensor de Maleck, y otros testimonios muy importantes que darán al fin la cara.
Esta trágica historia tendría que ser un parteaguas para modificar las leyes hoy vigentes, reclasificar los delitos que hoy por hoy, dejan en estado de indefensión a muchos; “pague sus muertitos hoy, salga de la cárcel mañana, aproveche el buen fin” bien puede ser el slogan de estos tribunales acusatorios con estas leyes.
Por hoy, se nos agotó el espacio, pero esta historia continuará…
“Lo que consideramos justicia es, con mucha frecuencia, una injusticia cometida en nuestro favor”, Reveillere.
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