La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró constitucional la consulta popular que promovió el presidente López Obrador para enjuiciar a exmandatarios.
Los ministros consideraron que la encuesta no es contraria al articulo 35 de la Constitución, con una votación dividida de cinco en contra y seis votos a favor.
Sin embargo, el Pleno de la Corte dictaminó revisar la pregunta propuesta por AMLO por una reinterpretación del derecho a la consulta, con el fin de que el resultado no se considere vinculatorio para la Fiscalía General de la República, ni para jueces y magistrados federales.
El nuevo cuestionamiento quedó formulado: ¿Estás de acuerdo o no en que se lleven a cabo las acciones pertinentes, con apego al marco constitucional, y legal para emprender un proceso de esclarecimiento de las decisiones políticas tomadas en los años pasados por los actores políticos, encaminando a garantizar la justicia y los derechos de las probables víctimas?
El ministro Luis María Aguilar Morales, se manifestó en contra de la consulta por cosiderar que es violatoria a los derechos humanos, a la presunción de inocencia, vulnera la actuación del Poder Judicial, entre otras.
Por su parte, el ministro Arturo Zaldívar negó que se viole los derechos humanos de la víctimas o que se constituya como un mecanismo de presión hacia jueces y magistrados federales, ya que esto equivaldría a poner en duda la imparcialidad del los juzgados federales.